Desde hace algún tiempo se viene diciendo que el Día Internacional de la mujer no es una ocasión para celebrar, sino para conmemorar una larga historia de reivindicaciones.

Se trata entonces de una conmemoración que nos recuerda la necesidad latente de superar la multiplicidad de obstáculos y situaciones que vulneran nuestros derechos.

Si bien esta lucha ha traído consigo la incorporación en la agenda pública de políticas encaminadas a reducir las diferentes formas de violencia y  discriminación que enfrenta la mujer en todos los ámbitos de su vida –desde el laboral, pasando por el educativo, familiar, social, cultural, y económico, hasta quienes viven el conflicto armado–, esta lucha  se ha convertido en un fin en sí mismo.

Si bien, se ha logado hacer visible un fenómeno de discriminación y violaciones de derechos,  que tiene  magnitudes tan serias que lo hacen prioritario en términos de política pública, bien vale la pena hacer hoy -Día Internacional de la Mujer- un balance en Colombia.

Las dimensiones de la discriminación y la violación de derechos

Exigencias históricamente preeminentes en este día aún no han visto una superación radical: la participación de la mujer en el ámbito político, la garantía de condiciones de igualdad en acceso al empleo y a la educación, el respeto por la integridad física y sexual, la protección de la mujer embarazada, el respeto por los derechos sexuales y reproductivos, entre otras.

En particular, la consigna de Naciones Unidas en este día, “Una promesa es una promesa: momento de pasar a la acción para acabar con la violencia contra las mujeres”, está lejos de ser una meta alcanzable para el 2013 en el contexto colombiano.

¿Ha cumplido el Estado colombiano con sus obligaciones en la materia?

Diseño Institucional para prevenir las violencias contra las mujeres y respetar los derechos de las mujeres

Es importante reconocer que con la adopción de leyes y el desarrollo de políticas públicas, el Estado colombiano ha reconocido normativamente los esfuerzos de décadas realizados por mujeres y asociaciones de mujeres que buscan el respeto de nuestros derechos y la visibilización de la existencia de múltiples violencias. La Ley 1257 de 2008, la Ley de Víctimas (Ley 1448 de 2011), así como la creación de la Mesa Interinstitucional para Erradicar la Violencia contra la Mujer (Decreto 164 de 2010) y del Observatorio Nacional de Violencias (documento Conpes 140 de 2011), son un ejemplo de los avances en el diseño institucional.

No obstante, la implementación de los mecanismos desarrollados normativamente no se han materializado en la protección y garantía para que no se repitan las violaciones a nuestros derechos, puesto que estos mecanismos enfrentan múltiples obstáculos.

Del diseño institucional se escapan factores que inciden en la visibilización de las violencias contra las mujeres, especialmente a nivel local, y que están relacionados principalmente con una cultura indiferente por parte de las autoridades frente a este tipo de violencias, con problemas de coordinación entre las diferentes entidades encargadas de atender a las mujeres, con la ausencia de condiciones de seguridad para denunciar, en particular en relación con la confidencialidad de la información y el temor a ser estigmatizadas o a recibir represalias, sumada a la infiltración de grupos armados ilegales en las instituciones estatales locales.

Por otro lado, aún persiste el desconocimiento de los derechos y de las rutas de atención en justicia, educación y salud para las mujeres y niñas víctimas de la violencia por parte de los funcionarios públicos responsables de operar con eficacia tales rutas y de hacerlas conocer.

Investigación de violencias contra la mujer

Esta obligación se refiere a la debida diligencia, al uso efectivo de recursos judiciales y a la resolución de los casos en un plazo razonable. El proceso de investigación que se lleva a cabo en Colombia frente a la violencia sexual, por ejemplo, re victimiza a la mujer. Las autoridades judiciales o autoridades  que no tienen la competencia, en la gran mayoría de los casos, solicitan la rectificación o ampliación de los hechos de manera reiterada, poniendo en duda la credibilidad de la versión de la mujer víctima. Esto hace que se supere el plazo razonable de investigación y termina, en varios de los casos, en la preclusión de las denuncias.

Teniendo en cuenta que en Colombia la violencia sexual es  práctica frecuente en el conflicto interno, y en algunos casos, ha sido usada como un mecanismo de guerra por parte de los grupos armados ilegales, resulta alarmante que de 39.546 hechos confesados por los paramilitares desmovilizados, tan solo aparezcan 96 casos confesados de violencia sexual en el proceso de justicia transicional y lo que es peor, que solo dos hayan sido condenados.

Sanción a los perpetradores

Las penas que en Colombia reciben los perpetradores no están acorde a los daños cometidos. Según la Policía Nacional, para noviembre del año 2012, 8.131 hombres fueron capturados por violencia intrafamiliar y otros 4.214 por delitos sexuales. Cerca del 60 por ciento de ellos quedó en libertad o recibió penas que no superan los tres años.

Por otro lado, aún no está tipificado el delito sexual en el marco del conflicto como un crimen de lesa humanidad, lo cual permite aumentar los niveles de impunidad en este delito en particular.

Respuesta

Ante las múltiples violaciones contra las mujeres, la respuesta del Gobierno carece de una atención con enfoque de género a mujeres y niñas víctimas del conflicto; en gran parte porque no se tienen en cuenta en las versiones libres, en el registro, de manera sistemática y expresa, los delitos contra la mujer. La reparación integral a mujeres víctimas de violencias requiere no solo de una indemnización, sino además de medidas no pecuniarias, como una adecuada rehabilitación, la garantía de no repetición y la implementación de medidas de reparación, como la memoria histórica, todos ellos elementos que deben ser considerados con una dimensión de género correcta.

¿Qué hacer?

Para abolir la consigna que Naciones Unidas dedicó en este día y para este año, es necesaria una mayor promoción de los derechos y de las rutas de atención, una mejor coordinación interinstitucional, un fortalecimiento de los mecanismos de seguridad a nivel local, una mejor capacitación a las autoridades para atender a las mujeres y niñas víctimas de violencias, una penalización de los delitos en el marco del conflicto, y la reparación integral a las víctimas.

Pero lo más importante es que cada uno de nosotros reivindique, promueva y respete nuestros derechos en cada uno de los ámbitos sociales, para construir una cultura de respeto y de no violencia contra las mujeres.

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